El Código Penal 134 PC de California establece que cometerás un delito si preparas pruebas falsas con la intención de usarlas fraudulentamente en un proceso legal. Este delito es grave en California y puede resultar en una pena de hasta tres años de prisión.
Este acto obstruye la justicia y, por lo tanto, es castigado severamente. Las leyes de California están diseñadas para mantener la paz y castigar a quienes cometen delitos, ya sean menores o mayores.
Para enfrentar cargos relacionados con la preparación de pruebas falsas en California, es crucial contar con la asesoría de un abogado defensor especializado. Un abogado defensor de la firma Law Offices Vivian N. Szawarc te ayudará a demostrar tu inocencia o buscar una pena menos severa que no afecte tu historial criminal.
El delito de preparación de pruebas falsas se refiere a la creación o presentación de pruebas falsas en un proceso legal, como juicios penales y civiles. Para que se te considere culpable de este delito, se deben cumplir ciertos elementos:
- Preparaste o fabricaste algo falsificado.
- Lo hiciste con la intención de presentarlo como prueba en un proceso legal en California.
- Tenías la intención de engañar o defraudar.
Las posibles defensas legales incluyen:
- Falta de intención de producir o engañar.
- Atrapamiento.
- Demostrar que la falsificación fue accidental o un error.
Las sanciones por este delito pueden incluir hasta tres años de prisión, y puede tener consecuencias en tu historial criminal y en tu situación migratoria.
Ejemplos de casos bajo el artículo 134 del Código Penal incluyen:
- Elaborar un recibo falso y presentarlo como evidencia en un juicio de reclamación por lesiones personales.
- Crear una imagen falsa o incorrecta de una intersección y proporcionarla a un oficial de policía que está investigando un accidente de atropellamiento y fuga.
- Falsificar un testamento y presentarlo en el tribunal de sucesiones.
Las posibles defensas contra acusaciones de violación del artículo 134 son:
- Sin intención de producir: Argumentar que no hubo intención de producir pruebas falsas de manera deliberada para obtener un beneficio.
- Sin intención de engañar: Demostrar que la falsificación fue accidental o un error, y no se hizo con la intención de engañar a nadie.
- Atrapamiento: Alegar que se fue inducido o atrapado en cometer el delito por terceros, lo cual es ilegal en California.
Las sanciones por condenas bajo el artículo 134 pueden incluir libertad condicional o, en casos más graves, hasta tres años de prisión estatal.